La Comisión Europea autoriza el consumo de insectos
Tras un dictamen de la EFSA publicado en enero de 2021, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea un Reglamento de Ejecución de la Comisión (2021/882) para autorizar el consumo de larvas secas de Tenebrio molitor.
La autorización ha sido entregada a la empresa francesa SAS EAP Group. La empresa ha obtenido una protección de 5 años gracias a los datos propios aportados en la solicitud. El Reglamento se ha publicado el 1 de junio y entrará en vigor 20 días después.
La autorización se refiere al consumo de larvas secas de Tenebrio molitor, ya sea como larva entera o en polvo. El ingrediente también puede utilizarse en productos proteínicos, galletas, platos a base de legumbres y platos a base de pastas, en un nivel máximo de 10 g/100 g. No obstante, la Comisión pide que los productos que contengan larvas de Tenebrio molitor lleven una declaración relativa a la posibilidad de que los consumidores con alergias conocidas a los crustáceos o a los ácaros tengan reacciones alérgicas.
Commission Implementing Regulation (EU) 2021/882 of 1 June 2021 authorising the placing on the market of dried Tenebrio molitor larva as a novel food under Regulation (EU) 2015/2283 of the European Parliament and of the Council, and amending Commission Implementing Regulation (EU) 2017/2470
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